Por Alev Pinbell
El Senado chileno aprobó un proyecto de ley que permite que el apellido materno anteceda al paterno, si los progenitores así lo acuerdan al registrar el nacimiento de su hijo.
La propuesta fue aprobada con 28 votos a favor, uno en contra y ninguna abstención. Ahora le corresponde volver a la Comisión de la Mujer y Equidad de Género, donde ya estuvo hace tres años, para su revisión y aprobación final.
El proyecto llegó al Senado el 16 de abril de 2008 y en octubre de 2018 fue enviado por primera vez a la Comisión de la Mujer.
Desde 2005, un grupo de senadores, entre ellos Iván Moreira, impulsaron la propuesta, alegando que "entrega libertad y dignidad a las personas" porque permite escoger el apellido de un hijo con un padre ausente, "reconocer la labor de la madre" y hacer el proceso "más fácil y sin un trámite judicial".
Asimismo, permite a las personas adultas modificar administrativamente el orden de sus apellidos, establecer uno compuesto o quedarse con solo uno.
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Hoy en día, en Chile los recién nacidos deben ser inscritos ante el Registro Civil con dos apellidos: el paterno y el materno. Sin embargo, si el bebé no era reconocido por el progenitor, la madre estaba facultada para escoger cuál podía ir de primero.
También era posible modificar el nombre o apellido por determinadas razones establecidas en la Ley N° 17.344, que permitía hacerlo en casos muy específicos, y con el acompañamiento de un abogado o de la Corporación de Asistencia Judicial.
Imágenes ilustrativas / Getty Images
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